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Las democracias son características por el principio de separación de poderes. Como sabemos, la existencia de las tres ramas tienen unas funciones determinadas a desempeñar. 
En primer lugar, el poder ejecutivo se encarga de la función de gobierno, y en el caso de los sistemas parlamentarios intervienen en la función legislativa con la proposición de leyes en la cámara. En el caso de poder legislativo, se encarga de la aprobación de leyes mediante las coaliciones y acuerdos políticos, ejerciendo también la función de control del gobierno. El poder judicial se encarga de resolver los conflictos o cuestiones prácticos que puedan derivarse de la aplicación de la ley.

¿Pero qué está pasando en este país, España?. Actualmente tenemos un ejecutivo que está legitimado por la mayoría absoluta, esto implica que las cámaras también están condicionadas por esta mayoría. Para entendernos, el gobierno también tiene el control de las cámaras.

Entonces, ¿Quién está limitando el poder del gobierno?, ¿Quién defiende los intereses de la población, aunque sea una minoría?. Deberíamos suponer que por el simple hecho de que un partido tenga mayoría absoluta ya está representando el conjunto de la población, pero y si como en el caso actual, ¿no se cumple el programa electoral? ¿Si el conjunto de reformas aplicadas por el gobierno, formalmente legítimas, no están cumpliendo el principio de velar por el interés general como hemos visto con los recortes en sanidad y educación?

Para que deje de ser tan abstracto vamos a poner algunos ejemplos como son la ley de educación o de seguridad ciudadana que parecen tener un alto contenido ideológico. son muchas las protestas que se están llevando a cabo en referencia a la aprobación de esta legislación. Parece que el gobierno, se esté quedando sin legitimidad de acción, entendida como la legitimidad que dan los ciudadanos mostrándose a favor de las reformas de la legislación.

Para estos casos, el parlamento u órgano legislativo sería el encargado de velar por los intereses haciendo un juicio anterior a la aprobación de la legislación. Es decir, debería ser la oposición la que mediante coaliciones y los mecanismos establecidos limitara las intenciones del gobierno, que llevaría a cabo mediante la aprobación de legislación en el parlamento.

Pero ¡Sorpresa! Nos encontramos con que el parlamento es de mayoría absoluta, por lo tanto pueden aprobar todo tipo de legislación sin tener de facto una oposición “real” más que la de la ciudadanía en las calles. Podemos identificar entonces, que se ha desvirtuado la función de control al gobierno y limitación del ejecutivo, dado que no hay ninguna manera de frenar la aprobación de dichas leyes. ¿Quién limita entonces las intenciones del poder ejecutivo que llevará a cabo mediante el parlamento con mayoría absoluta?.

Parece que actualmente quien esté haciendo la función de control sea la tercera rama: el poder judicial. Por ejemplo, con la ley de limitación de justicia universal ya son algunos magistrados los que han alegado que no cerrarán las causas, buscando resquicios en la legislación internacional. En relación a la ley de seguridad ciudadana el tribunal ya ha avisado que ve algunos puntos inconstitucionales. Algunas comunidades autónomas ya han avisado que llevarán al tribunal constitucional algunos puntos de la ley de educación por invasión de competencias.

Es decir, dado que la mayoría del parlamento coincide con el color del partido posicionado en el ejecutivo, pueden aprobar leyes sin ningún tipo de oposición, haciendo coincidir los intereses del gobierno con los del parlamento. No hay oposición ninguna en el trámite de aprobación de la ley, ni enmiendas en puntos que puedan resultar conflictivos. ¡Nunca había sido tan ágil la aprobación de la legislación que estuviera propuesta por el gobierno!.

Ahora, parece ser que es el poder judicial que está intentando que no se desmantele el sistema actual, parece que es la visión que más coincide con la ciudadanía, y por lo visto la única esperanza política que nos queda para el mantenimiento del sistema actual.

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